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Multa por usar el móvil conduciendo: cómo recurrirla

Usar el móvil al volante cuesta 200 € y 6 puntos, pero que la sanción sea dura no significa que sea irrecurrible. Te explicamos qué defectos de forma y de prueba pueden anularla.

Usar el teléfono móvil mientras se conduce es una de las infracciones más sancionadas en España y, desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022, una de las más severas: 200 € de multa y la retirada de 6 puntos del carnet. Pero que la sanción sea dura no significa que sea siempre irrecurrible. Existen defectos de forma y de prueba que pueden anularla.

Qué dice exactamente la norma

El Reglamento General de Circulación prohíbe conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier sistema de comunicación. Tras la reforma, el simple hecho de sostener el teléfono en la mano mientras se conduce ya constituye infracción grave, aunque no se esté hablando. El uso de manos libres homologado, en cambio, es legal.

Argumentos frecuentes para recurrir

Falta de prueba objetiva. La mayoría de estas multas se basan en la apreciación visual de un agente. Si el boletín no describe con detalle qué se observó (por ejemplo, "el conductor sostenía el terminal a la altura de la oreja"), la sanción puede carecer de la motivación suficiente que exige el derecho sancionador.

Identificación dudosa del conductor. En controles desde vehículo en movimiento o desde un puente, la identificación del conductor puede ser cuestionable. Si hay dudas razonables sobre quién conducía, es un argumento válido.

Defectos en la notificación. Como en cualquier sanción, si la multa no se notificó correctamente conforme al artículo 42 de la Ley 39/2015, el procedimiento puede estar viciado.

Caducidad o prescripción del expediente. Si la Administración se ha excedido de los plazos legales para resolver o notificar, la sanción decae.

Cómo presentar el recurso

Tienes 20 días hábiles desde la notificación para presentar el recurso de reposición ante el órgano sancionador, preferiblemente por la sede electrónica de la DGT o del ayuntamiento correspondiente. El escrito debe incluir tus datos, el número de expediente y los fundamentos legales concretos.


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